La constitución de sociedades patrimoniales es una solución óptima para todos aquellos cuyo patrimonio está conformado en un alto porcentaje por inmuebles. La constitución de una sociedad patrimonial es la solución para protegerte frente a posibles deudas, impagos, concursos de acreedores, etc.
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¿Qué es una sociedad patrimonial?
Las sociedades/entidades patrimoniales son aquellas que no desarrollan actividades económicas o comerciales, al menos no como actividad principal, sino que administra un patrimonio, normalmente de valores o bienes inmuebles. Debe señalarse que se entiende por actividad económica la ordenación por cuenta propia de los medios de producción y de recursos humanos, o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.
En definitiva, debemos tener en cuenta que nuestra sociedad patrimonial debe estar consagrada principalmente a la administración de patrimonio mueble o inmueble perteneciente a la persona o personas propietarias.
Tipos de sociedades patrimoniales
Existen diferentes tipos de sociedades/entidades patrimoniales. Decantarse entre una u otra dependerá de las necesidades y preferencias de cada propietario. Algunos de los tipos de sociedades patrimoniales que se contemplan en nuestro ordenamiento jurídico son las siguientes:
- Sociedad patrimonial de tenencia de inmuebles: poseen una bolsa inmobiliaria no destinada a actividades de explotación. Sus administradores podrán arrendar sus inmuebles siempre que no empleen trabajadores por cuenta ajena para ello.
- Sociedad patrimonial para uso y disfrute de inmuebles: coloquialmente se conoce también como sociedad patrimonial familiar. En este caso, su objetivo es la gestión y planificación de patrimonios familiares en posesión, que se destinan tan solo al disfrute familiar, así como para la transmisión ágil de este a las personas herederas.
- Sociedad patrimonial de arrendamiento o alquiler de inmuebles: estas sociedades poseen exclusivamente inmuebles que se dedican al alquiler, pero gestionado este por los propietarios, es decir, sin personal empleado a tal efecto a través de un contrato laboral y jornada completa.
- Sociedad patrimonial de tenencia de valores: la actividad que se realiza es la de la gestión exclusiva de carteras de valores y otros activos con el fin de maximizar la rentabilidad de estos y optimizar la inversión.
¿Cuáles son las principales ventajas de constituir una sociedad patrimonial? ¿Cómo te puede ayudar a reducir riesgos en tu patrimonio empresarial?
Las principales ventajas de constituir una sociedad patrimonial son:
- Nos permitirá delimitar una línea divisoria clara, a nivel legal, entre el patrimonio personal y empresarial, es decir, proveniente de actividades económicas. De esta manera evitaremos hipotéticos riesgos sobrevenidos. Además, el patrimonio queda protegido antes posibles insolvencias derivadas del desarrollo de otras actividades profesional.
- Facilitan la sucesión al traspasar el patrimonio a las personas herederas mediante su participación en las sociedades patrimoniales.
- Aporta una mayor eficiencia en la gestión ya que permiten gestionar todos los valores o patrimonio personal de manera centralizada y unificada.
- Permiten evitar el Impuesto sobre el Patrimonio de los particulares.
- Permiten ahorrar en el IRPF las imputaciones de rentas inmobiliarias si dichos inmuebles no están arrendados.
Las sociedades patrimoniales tributan por sus ingresos en el Impuesto de Sociedades, concretamente al tipo impositivo fijo del 25 %. Esto resulta beneficioso ya que, en el caso de tributar al tipo máximo por el IRPF, el tipo de gravamen puede llegar a alcanzar el 48 % en algunas comunidades autónomas. En cualquier caso, hay que tener presente que la menor tributación por el impuesto sobre sociedades puede reducirse si se distribuyen los beneficios de la sociedad
Un aspecto interesante es que los gastos que se originan en la sociedad patrimonial se deducen en el Impuesto de Sociedades. Concretamente, nos referimos a los gastos de mantenimiento y/o gestión.
Por otro lado, con este tipo de sociedades no genera rentas, las personas físicas y además las sociedades se deducen las cuotas de IVA soportadas en la adquisición de bienes y servicios que, de haber tenido directamente como destinatario a un particular fuera de una actividad económica, nunca habrían podido deducirse.
Por último, cabe señalar que los inmuebles improductivos de estas entidades no tributan en el impuesto sobre sociedades, pero sí en el IRPF, ya que en este impuesto con carácter general se aplicará el 2 % sobre el valor catastral del inmueble que figure en el recibo del impuesto sobre bienes inmuebles.
En resumen, constituir una sociedad patrimonial ofrece múltiples beneficios, como una gestión más eficiente de los bienes, la optimización fiscal y una mayor protección frente a posibles contingencias. Este tipo de sociedad no solo permite organizar y proteger el patrimonio familiar o empresarial, sino que también facilita la transmisión generacional, evitando complicaciones legales y fiscales. Si estás considerando estructurar tu patrimonio de manera más segura y eficiente, o deseas obtener asesoramiento especializado en la creación de una sociedad patrimonial, el equipo de Legaltax está aquí para ayudarte. No dudes en contactarnos para recibir una consulta personalizada y asegurar el futuro de tus bienes.




